La ley 2027 de 2020 plantea una amnistía para los deudores de multas de tránsito, que tenga pendiente multas o las esten pagando. Estos infractores se beneficiarán con acuerdos de pago que se podrían extender hasta un año de plazo con descuento del 50% del capital de la deuda y un descuento del 100% de los intereses de la misma, sin tener que hacer el curso pedagógico del tránsito.
¿Quién propuso esta ley?
La nueva ley fue una propuesta de la bancada liberal, por intermedio del legislador Iván Darío Agudelo Zapata.
Esta ley estará vigente desde la fecha de su promulgación, hasta el 31 de diciembre del 2020 y será aplicable a nivel nacional para todos los infractores. Sin embargo, quienes se acojan a la ley 2027 del 2020 e incumplan una sola cuota de las que se pacten en su acuerdo de pago, automáticamente perderá el beneficio y tendrá que hacer el pago total de su deuda y sus intereses originales.
¿A quiénes no aplica la ley 2027 del 2020?
- No aplica para infractores a los cuales les fue impuesta su multa bajo los efectos del alcohol.
- No aplica para infractores a los cuales les fue impuesta su multa bajo los efectos de de sustancias alucinógenas.
- No aplica para infractoras a los cuales les fue impuesta su multa después del 31 de mayo del 2020
¿Cómo se solicita?
Para acogerse a la ley 2027 del 2020, puede hacerlo directamente en los organismos de tránsito de cada localidad o ciudad, también puede solicitarlos con el SIMIT en sus oficinas dentro del territorio nacional.
En el SIMIT también podrá ver reflejado el descuento en la suma total de su deuda, una vez sea aplicado a su multa.